Concepto 1164-2019
Los activos financieros que tengan valor de mercado, mantenidos por la entidad se medirán de conformidad con la NIIF 9
Los activos financieros que tengan valor de mercado, mantenidos por la entidad se medirán de conformidad con la NIIF 9 Instrumentos financieros teniendo en cuenta lo siguiente:
- Medición al valor razonable con cambios en resultados (anexo 1 DUR 2420 de
2015, NIIF 9 párrafo 5.2.1 literal c y 4.1.4)
- Medición al valor razonable con cambios en otro resultado integral (anexo 1
DUR 2420 de 2015, NIIF 9 párrafo 5.2.1 literal b y 4.1.2A); y
- Elección irrevocable para presentar en el ORI los cambios posteriores en el
valor razonable de una inversión en un instrumento de patrimonio que, no sea
mantenida para negociar. (anexo 1 DUR 2420 de 2015, NIIF 9 párrafo 5.7.5).
La clasificación y posterior medición se realizará considerando el modelo de
negocio de la entidad para gestionar sus activos financieros, y las
características de los flujos de efectivo contractuales del activo financiero
anexo 1 DUR 2420 de 2015, NIIF 9 párrafo 4.1.1).
De acuerdo con lo anterior, el consultante debe revisar en la NIIF 9
instrumentos financieros, si los ingresos o gastos generados en la valoración
de los activos financieros se reconocen en el resultado o en el ORI, teniendo
en cuenta los párrafos referenciados anteriormente.