Concepto 0028-2021
El valor neto de liquidación de un activo es el valor estimado de la contraprestación que se espera obtener
En relación con su pregunta, si se trata de una entidad clasificada en
el Grupo 2, que aplica el anexo 2 del DUR 2420 de 2015, la respuesta a ella
puede encontrarla en los párrafos 3.8 a 3.9 de la NIIF para Pymes, que hacen
referencia a la aplicación de la hipótesis de negocio en marcha.
"3.8. Al preparar los estados financieros, la gerencia de una entidad
que use esta Norma evaluará la capacidad que tiene la entidad para continuar en
funcionamiento. Una entidad es un negocio en marcha salvo que la gerencia tenga
la intención de liquidarla o de hacer que cesen sus operaciones, o cuando no
exista otra alternativa más realista que hacer esto. Al evaluar si la hipótesis
de negocio en marcha resulta apropiada, la gerencia tendrá en cuenta toda la
información disponible sobre el futuro, que deberá cubrir al menos los doce
meses siguientes a partir de la fecha sobre la que se informa, sin limitarse a
dicho periodo."
En caso de tratarse de una entidad que aplica el anexo 1 del DUR 2420 de 2015,
los lineamientos para determinar si se cumple la hipótesis de negocio en
marcha, son los establecidos en los párrafos 2 y 26 de la NIC 1.
De acuerdo con lo anterior, si la administración de la entidad a finales de
octubre del año 2019 tenía la intención de liquidar la entidad o de cesar sus
operaciones, o no existía otra alternativa más realista que hacerlo, los
estados financieros, de períodos intermedios o de fin de ejercicio, elaborados
y presentados con posterioridad a la decisión de la liquidación, serían los
elaborados aplicando la norma de información financiera para entidades que no
cumplen la hipótesis de negocio en marcha, esto es lo establecido en el anexo 5
del DUR 2420 de 2015.
En conclusión, al cierre de diciembre de 2020, los elementos de propiedades, planta y equipo, de una entidad en liquidación, deberán valorarse por su valor neto de liquidación, por ello no procedería la distribución sistemática del valor del activo mediante la depreciación, lo cual sería aplicable, para entidades que cumplan los requerimientos de un negocio en marcha.
El valor neto de liquidación de un activo es el valor estimado de efectivo u
otra contraprestación que una entidad espera obtener por la venta o disposición
forzada de un activo al llevar a cabo su plan de liquidación, menos los costos
estimados de terminación y los costos estimados necesarios para realizar la
venta. El valor neto de liquidación de un pasivo es el valor no descontado de
efectivo o equivalentes de efectivo más los costos estimados necesarios en que
se incurriría para liquidar o ser exonerado del pasivo en condiciones de
negociación generadas por un proceso de liquidación.